Mejorando el sistema de adopción en Japón

Sociedad

Ante el agravamiento del problema del maltrato infantil, el Gobierno japonés trabaja para promover el llamado Sistema de Adopción Especial, con el que los hijos adoptivos se incluyen en el registro familiar como hijos biológicos. En abril de 2018 entró en vigor una nueva ley de mediación de la adopción, y actualmente se debaten todas las cuestiones legales en relación con el sistema. La asistencia social destaca como recurso imprescindible para lograr una gestión adecuada de las adopciones.

Japón está en la cola de los países desarrollados en cuestiones de adopción. Mientras que en el resto del mundo es habitual que los niños que no pueden criarse con sus padres biológicos vivan en familias adoptivas o de acogida, en Japón el número de menores que crecen en instituciones es abrumadoramente elevado. Esta situación pone en el punto de mira el Sistema de Adopción Especial lanzado hace treinta años. En la actualidad se están debatiendo ciertas enmiendas destinadas a promover el uso del sistema, y al parecer el debate se acerca a su recta final.

Hijos adoptados con estatus de hijos biológicos

El Sistema de Adopción Especial entró en vigor en 1988, tras la enmienda del Código Civil de 1987. Al contrario del sistema llamado normal, en el que los hijos adoptivos figuran explícitamente como tales en el registro familiar, en el especial se inscriben como hijos biológicos y se suprime su relación con los padres biológicos. El objetivo del sistema, que difiere totalmente del de acogida temporal, es garantizar de forma legal un hogar estable y permanente a los niños. El Sistema de Adopción Especial solo admite la adopción de menores de seis años porque prioriza la consolidación de la relación entre padres e hijos desde una edad muy temprana. La adopción se formaliza tras al menos seis meses de custodia y mediante sentencia del Tribunal Familiar.

Según el Departamento de Familia del Ministerio de Salud, Trabajo y Bienestar, en el año fiscal 2016 se formalizaron 538 adopciones mediante el Sistema de Adopción Especial. A pesar de que las cifras han presentado un aumento en los últimos años, siguen constituyendo una proporción mísera frente a los aproximadamente 3.000 bebés que ingresan en orfanatos al año y los 26.000 menores que viven en centros de acogida en estos momentos. En los países occidentales, en cambio, el número de adopciones anuales se cuenta en millares o decenas de millares.

Los padres biológicos se aferran al derecho de custodia

¿Por qué hay tan pocas adopciones en Japón? El desconocimiento generalizado del sistema tiene cierta influencia, pero el factor más decisivo es la falta de implicación de la Administración a la hora de promoverlo. Los centros de asesoramiento a la infancia, que se encargan de problemas relacionados con los menores, se hallan desbordados con los cada vez más frecuentes casos de maltrato. Por otro lado, como el sistema de bienestar social infantil se centra en las familias con hijos biológicos, el Sistema de Adopción Especial resulta difícilmente recomendable al cortar del todo el vínculo de los menores con sus padres biológicos. Y, al parecer, la mayoría de los padres biológicos se resisten a renunciar al derecho de custodia de los menores aun cuando no pueden hacerse cargo de ellos.

Otro factor que supone un importante impedimento en las adopciones es el requisito de obtener el consentimiento de los padres biológicos y la posibilidad de estos de retirar dicho consentimiento en cualquier momento mientras se tramita la adopción. Aparte de la dificultad de obtener el permiso de padres biológicos de quienes a veces ni siquiera se conoce el paradero, el miedo de perder la custodia a pesar de lograr el permiso ahuyenta a los padres adoptivos potenciales. Según una encuesta a los centros de atención a la infancia realizada por el Ministerio de Salud, la condición de obtener el permiso de los padres biológicos supone un obstáculo en el 70 % de los casos a la hora de adoptar mediante el Sistema de Adopción Especial.

Una primera enmienda que busca duplicar las adopciones

El Gobierno central y las administraciones se han puesto en marcha para impulsar la adopción en Japón. En 2016 se enmendó la Ley de Bienestar Infantil y se ampliaron las competencias de los centros de atención a la infancia; además de la prevención del maltrato infantil, también se les asignaron explícitamente funciones de consulta y apoyo a la adopción. La Nueva Visión Social de la Adopción, lanzada por el Ministerio de Salud en verano de 2017, establece el objetivo de superar las 1.000 adopciones anuales (el doble que en la actualidad) mediante el Sistema de Adopciones en un plazo de cinco años.

Una comisión de expertos del Ministerio de Salud publicó en junio de 2017 el informe Sobre la promoción del Sistema de Adopción Especial, que está sirviendo de base para que el Ministerio de Justicia debata enmiendas concretas del Código Civil, como el límite de edad para los menores adoptados (actualmente, menos de 6 años) o las condiciones de revocación del consentimiento de los padres biológicos. De seguir adelante, estas enmiendas representarían la mayor reforma desde que el Sistema de Adopción Especial entró en vigor.

La reforma, sin embargo, topa con ciertos obstáculos. La alteración del límite de edad de los menores, por ejemplo, choca con el objetivo inicial del Sistema de Adopción Especial y engendra un complejo debate sobre sus diferencias respecto al sistema normal. La enmienda requiere una reflexión profunda y exhaustiva; la solución no es rebajar las condiciones apresuradamente. Por otro lado, es previsible que, una vez aprobada, la reforma tarde bastante tiempo en dar frutos.

La adopción de recién nacidos para evitar muertes por maltrato

La necesidad de promover el Sistema de Adopción Especial se ve motivada por el problema, cada vez más grave, del maltrato infantil.

La franja de edad en que más muertes infantiles por maltrato se producen corresponde a los menores de un año, que representan alrededor de la mitad del total. En la mayoría de los casos, es la madre quien quita la vida al bebé justo después de que nazca. El perfil más típico es el de una mujer joven y soltera que da a luz en casa. El cuadro resulta fácil de imaginar: sin nadie a quien acudir tras quedar embarazada de forma accidental, a la joven se le pasa el plazo para abortar y su desesperada situación desemboca en tragedia.

Si, cuando estas mujeres quedan embarazadas, se les ofrece asesoramiento y sistemas de ayuda como la adopción en caso de que no puedan asumir la crianza, se puede salvar tanto a las madres como a los pequeños. Las asociaciones privadas vienen desempeñando un papel clave en este sentido. Una de esas asociaciones es la ONG Florence, con sede en Tokio, que se dedica a atajar los diversos problemas sociales de la infancia, como es el cuidado de menores enfermos. Esta entidad ofrece asesoramiento a mujeres con embarazos no deseados y, si se concluye que el Sistema de Adopción Especial es la mejor opción para madre e hijo, ejercen mediación para buscar a unos padres adoptivos.

Los candidatos a la adopción, que han superado una investigación burocrática, un proceso de entrevistas y una inspección familiar, reciben un curso de orientación. “Una vez los niños ingresan en instituciones de acogida, es difícil encontrarles una familia; por eso es importante tramitar la adopción cuando son recién nacidos. El asesoramiento desde la etapa del embarazo también facilita la toma de decisiones”, explica un responsable de la entidad.

El sistema de adopción de recién nacidos fue puesto en marcha hace más de treinta años por los centros de atención a la infancia y la Asociación de Obstetras y Ginecólogos de la prefectura de Aichi, de ahí que se le llame “método de Aichi”. Aunque el sistema apenas se había difundido en el resto del país, últimamente hay veintitrés entidades privadas —entre clínicas y ONG— que lo practican y que gestionan la mediación de un tercio de las adopciones.

La ley de mediación de la adopción

La mayoría de las entidades privadas que se dedican a tramitar adopciones lo hacen con la firme intención de salvar a los bebés de morir maltratados y pensando también en la felicidad de la madre biológica y de los padres adoptivos. Sin embargo, hasta hace poco no existía ninguna ley que regulase las actividades de mediación en la adopción, por lo que se desarrollaban sin control. A pesar de que la Ley de Bienestar Infantil prohíbe la mediación con fines de lucro, se trata de un terreno extremadamente ambiguo e inestable.

En marzo de 2017, un mediador de la prefectura de Chiba fue arrestado y declarado culpable por ejercer su actividad con fines lucrativos. El mediador habría recibido 2,25 millones de yenes de una pareja de padres adoptivos y les habría entregado a la criatura sin contar con el consentimiento final de la madre biológica. Fue el primer caso de este tipo en todo el país en que la Administración prefectural ordenó la interrupción de las actividades de la entidad mediadora.

Otra ONG que operaba en Osaka desató polémica al anunciar en su sitio web “Hasta 2 millones de yenes de ayuda por dar a luz”. Aunque el anuncio se refería al hecho de que los padres adoptivos cubrían los gastos de alumbramiento y de manutención de la madre biológica durante el embarazo, obviamente hubo quien lo interpretó como tráfico de personas, y hasta las autoridades municipales de Osaka se pronunciaron al respecto.

La legislación que tanto anhelaban los responsables del sector ha entrado en vigor en abril de 2018, con la Ley de Protección de Menores dados en Adopción ante la Mediación de Entidades Privadas, apodada “ley de mediación”. El punto principal de la ley es imponer un sistema de licencia a las entidades mediadoras, que antes no se les exigía para ejercer su actividad. Además de sancionar la mediación sin licencia, la Administración dispone subvenciones para las entidades certificadas. La ley establece asimismo la cooperación y colaboración entre los centros de atención a la infancia y las entidades privadas con el fin de promover la adecuada mediación de adopciones especiales por parte de dichas entidades.

Un sistema de asignación concienzudo y con asistencia social

El Centro Nacional de Ayuda al Bienestar de Padres e Hijos, la ONG autora del polémico anuncio que mencionábamos arriba, ha rectificado su sitio web y se prepara para obtener la licencia de mediación, como dicta la nueva ley. Sakaguchi Genta, de 41 años y director de la entidad, se muestra optimista: “La nueva normativa facilitará las cosas. Evitará que aparezcan entidades de naturaleza dudosa y al final solo quedarán las serias”. Sakaguchi también declara que quiere establecer entre cincuenta y cien puntos de atención por todo el país en dos años.

Con todo, los dos millones de yenes que se prometían en la página web no fueron el único elemento problemático que se detectó en el funcionamiento del centro. Mientras que asociaciones como Florence llevan a cabo un concienzudo proceso de seis meses para asegurarse de la voluntad de los implicados y encontrar la familia adoptiva adecuada para cada niño —entre numerosas entrevistas con los candidatos a padres y la madre biológica, los trámites con la Administración y con las clínicas—, por internet el proceso de asignación resulta rapidísimo. Los responsables de otras asociaciones comparten la misma opinión: “El objetivo no es la adopción. Lo importante es que la madre pueda dar a luz con tranquilidad, que se le ofrezca asistencia social para que decida por sí misma y que tanto el niño como ella puedan ser felices. Eso no puede garantizarse por internet”.

Shimizu Yui (nombre ficticio), de 31 años y residente en Yokohama, iba a dar en adopción al bebé que alumbró en abril de 2017 a través del Centro Nacional de Ayuda al Bienestar de Padres e Hijos. Conoció el Sistema de Adopción Especial y la ONG cuando estaba entre el cuarto y el quinto mes de embarazo. No sabía quién era el padre del bebé y estaba preocupada porque quería dar a luz pero no podía hacerse cargo del pequeño ella sola. A pesar de que estaba prácticamente convencida de dar el bebé en adopción, decidió que quería quedárselo una o dos semanas antes del parto. Sus padres tuvieron que devolver el dinero de manutención que los candidatos a padres adoptivos le habían facilitado durante el embarazo.

“Hay quienes se alegran de haber dado al hijo en adopción y quienes se arrepienten toda la vida. Creo que yo hubiera sido de los que se arrepienten”, explica Shimizu. El amor hacia su hija es un sentimiento que hasta ahora no conocía. También afirma que, a pesar de que al final se quedó con la niña, sigue agradecida de haber conocido ese sistema de adopción, con el que le hubiera facilitado otros padres que la quisieran como si fuera su hija biológica, y por el apoyo que recibió durante el embarazo.

El Sistema de Adopción Especial puede salvar vidas infantiles y dar una oportunidad de ser felices a los padres biológicos y los adoptivos. Por un lado, debe evitarse a toda costa caer en procesos de adopción precipitados y excesivamente simples; por otro, es necesaria cierta rapidez si se pretende aumentar el número de adopciones. La mejor solución consiste en apoyarse en la nueva ley de mediación y hacer especial hincapié tanto en la voluntad de los padres biológicos como en el papel de los servicios de asistencia social.

Fotografía del encabezado: PIXTA

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