Orígenes históricos del veto a las mujeres en la sucesión al Trono del Crisantemo

Sociedad Historia

La largamente acariciada reforma de la Ley de la Casa Imperial está cobrando por fin visos de realidad. No obstante, se limitará a garantizar la permanencia en la familia de un cierto número de miembros. El problema que subyace bajo esta estrechez de enfoque es la rancia idea de vetar el trono a las mujeres, impidiendo que lo hereden y transmitan.

Una propuesta consensuada que esquiva la esencia del problema

La Ley de la Casa Imperial, que entró en vigor el mismo día que la Constitución de Japón (3 de mayo de 1947), nunca ha sido reformada hasta la fecha. Pero la amplísima victoria obtenida en las elecciones generales de febrero por el Partido Liberal Democrático ha actuado como detonante de la reforma.

Convocados por los presidentes y vicepresidentes de las dos cámaras de la Dieta (Parlamento), los líderes de los 13 partidos y otras formaciones con representación parlamentaria, incluyendo a todas las fuerzas gubernamentales y de oposición, se reunieron en abril, tras un año sin hacerlo. Para mayo se habían recabado los posicionamientos de todos. El plan era remitir al Ejecutivo en la primera mitad de junio una propuesta consensuada en nombre del Poder Legislativo, de forma que se pueda tramitar la reforma durante el periodo de sesiones parlamentarias que concluirá el 17 de julio.

Entre la ciudadanía, se aviva la esperanza de que la princesa Aiko, hija única de los Emperadores, pueda acceder algún día al Trono del Crisantemo, seguramente porque el sentir popular dice que lo natural es que el primogénito o la promogénita reciba el trono de su padre. Pero si esta reforma se lleva a cabo, a Aiko se le cerrarán todas las puertas.

Las propuestas debatidas en las reuniones entre los partidos del Gobierno y de la oposición han sido dos: que los miembros femeninos de la familia imperial permanezcan en ella aunque contraigan matrimonio y que los descendientes varones por línea masculina de las ramas colaterales que quedaron excluidas de la familia imperial puedan ser adoptados y reintegrados en la misma. La actual Ley de la Casa Imperial establece que los miembros femeninos abandonan la familia imperial al casarse con plebeyos y prohíbe las adopciones entre ramas de la familia, de modo que ambas propuestas exigirían una reforma.

Acerca de la primera propuesta, hay división de opiniones sobre si, en caso de que los miembros femeninos conservasen su estatus tras el matrimonio, debería concedérseles también dicho estatus a su cónyuge y sus descendientes. Los sectores más conservadores se resisten fieramente a esto, interpretando que tal reconocimiento sería un primer paso hacia la aceptación de la transmisión del trono por línea femenina.

La segunda propuesta, la relativa a la adopción, se enfoca a los descendientes de los antiguos miembros de la familia imperial que perdieron su estatus en octubre de 1947, poco después del fin de la Segunda Guerra Mundial. Los conservadores defienden su reintegración en la familia imperial, pero se ha señalado que, en tanto estas personas pasaron a ser ciudadanos corrientes, la propuesta podría ser una violación del principio de igualdad establecido en el artículo 14 de la Constitución, que dice que nadie podrá ser discriminado en razón de su origen familiar. Además, posiblemente muchos japoneses sientan que no es una solución demasiado natural.

Aunque se espera que estas dos propuestas sean presentadas como soluciones “consensuadas” dotándolas de una redacción de compromiso, su eventual aprobación va a dejar los problemas de fondo sin solucionar. En particular, por lo que respecta a la segunda, se ha insistido en que es una propuesta de escasa viabilidad, ya que todavía no está ni mucho menos claro que haya candidatos para la adopción. Como no parece probable que la aprobación de tal reforma traiga consigo una rápida adopción, la propuesta no pasa de ser un adelanto de la medida que podría tomarse en caso de que se llegue a una situación verdaderamente crítica en cuanto al número de miembros de la familia.

El giro hacia la primogenitura absoluta en las monarquías europeas

Han pasado ya nueve años desde que la necesidad de reformar la Ley de la Casa Imperial se puso por escrito en la resolución adicional a la ley especial de 2017 que reconoció el deseo del actual Emperador Emérito de abdicar la corona, y son ya más de 20 años de discusiones sobre la sucesión al trono, desde que el tema fue sometido a discusión en un consejo de expertos formado por el gabinete de Koizumi Jun’ichirō en 2005. Pero todo ha quedado en agua de borrajas y en cuanto a la sucesión al trono no ha habido ningún avance.

Otras monarquías que, como Japón, partían también de sistemas que excluían a las mujeres de la sucesión, como era el caso de Suecia, los Países Bajos, Noruega y Bélgica viraron, desde 1980, hacia sistemas de primogenitura absoluta (sin distinción de sexo). Reino Unido dio prioridad a los varones, sin excluir a las mujeres, y en 2013 reformó la ley para adoptar la primogenitura absoluta.

Los cambios en el ideario de la sociedad en cuestiones como la igualdad entre los sexos también han influido, pero el giro de las monarquías europeas hacia el sistema de primogenitura absoluta se debió fundamentalmente a la conciencia del peligro de que, si se mantenía el principio de sucesión exclusivamente masculina, la línea sucesoria se extinguiera. Dar acceso al trono a ambos sexos por igual tampoco garantiza completamente la estabilidad en la sucesión, porque podría darse el caso de que el monarca no tuviera descendencia, pero evita la extinción en mayor medida que la sucesión exclusivamente masculina.

Además, si se establece la sucesión por primogenitura absoluta nos liberaremos también de esa inhumana idea de que las mujeres casadas con miembros de la familia imperial deben seguir quedándose embarazadas hasta que conciban un varón. Desde una perspectiva racional y de respeto por el ser humano, se esperaría que la casa imperial japonesa evolucionara en el mismo sentido que las casas reales europeas, pero no ha sido así.

La veneración que sienten los japoneses hacia el emperador y el resto de la familia imperial lleva anexas ciertas concepciones culturales e históricas que poco tienen que ver con la cercanía que muestran estos personajes en ocasiones como sus visitas a las áreas afectadas por grandes desastres. En dicha veneración hay elementos cercanos incluso a la fe. Y esta es la causa de que los sectores más conservadores se aferren de este modo a ideas objetivamente tan poco razonables como la exclusión de la mujer y de las líneas de sucesión femeninas.

¿Debe ser el sucesor un hombre? ¿Debe ser masculina la línea sucesoria?

El problema es si hay algo de cierto en la pretensión de que, para ser emperador, es indispensable que el trono haya sido transmitido por línea masculina. Cualquier ambigüedad al respecto nos devuelve al punto de partida. Si examinamos cuidadosamente la historia, concluiremos que no cabe decir que la sucesión por línea masculina haya sido un principio central del sistema y que, posiblemente, otros elementos le hayan servido de eje.

En realidad, la idea del bansei ikkei, es decir, que el Trono del Crisantemo se ha transmitido sin interrupción como un único linaje es, desde una perspectiva histórica positivista, una creación del Kojiki y del Nihon Shoki. Consecuentemente, la pretensión de que el trono se ha transmitido siempre y sin excepción por línea masculina carece de fundamento. Afirmaciones comunes como aquella de que “el cromosoma Y se ha transmitido desde tiempos del emperador Jinmu” no significan nada fuera del ámbito mitológico.

Se dice también que si la sucesión se hiciera por línea femenina, el apellido del emperador cambiaría y debería hablarse ya de otra dinastía. Pero esa idea es ajena al principio de sucesión imperial que tenemos en Japón. Tiene su base, más bien, en la idea nacida en China, un país que a lo largo de su historia ha experimentado innumerables cambios de dinastía, de que este cambio se justifica por una orden o voluntad del cielo, o tal vez en la idea de los clanes.

Para justificar la sucesión únicamente por línea masculina, se acude a la difundida idea de que históricamente es así como se ha hecho y que no ha habido excepciones. Pero esto no da una respuesta satisfactoria al problema de por qué ha de ser así. En la historia de Japón, la primera vez que se expuso con claridad la “esencia” de la sucesión por línea masculina fue al redactarse la antigua Ley de la Casa Imperial, en la era Meiji (1868-1912). Tuvo una difícil gestación, pues el borrador elaborado por el Ministerio de la Casa Imperial, que admitía la entronización de una mujer y la transmisión por línea femenina, topó con la férrea oposición de Inoue Kowashi, uno de los padres de la Constitución Meiji. En la propuesta presentada por Inoue al entonces primer ministro Itō Hirobumi, se desaconsejaba permitir que una mujer ascendiera al trono apoyándose en las ideas de la antigua china sobre los cambios dinásticos y en la ley sálica de la antigua Europa, que vetaba el trono a las mujeres. Pero la verdadera razón de su oposición se hace patente en la explicación que adjuntó: sería una contradicción no reconocer el sufragio femenino y, al mismo tiempo, reconocer el acceso de la mujer a la instancia superior del Estado, el trono.

En el Japón Meiji, la columna vertebral del Estado era el sistema patriarcal, un sistema que había sido la norma social de la clase samurái durante el periodo Edo (1603-1868). Es lo que se llama la “visión familiar del Estado”. El núcleo ideológico del patriarcado japonés eran las “tres obediencias” impuestas a las mujeres por el confucianismo, una “normativa” que exigía de las mujeres sumisión al hombre de por vida: al padre antes de casarse, al marido después y a los hijos cuando aquel moría.

En el Código Civil Meiji, la mujer era un ser subordinado al hombre y jurídicamente “incapacitado”. El matrimonio era una institución jerárquica, siendo la esposa una pertenencia del esposo. En este Estado patriarcal y machista, si quien subía al trono era una mujer, había que aceptar que su marido se colocase en una instancia superior. La oposición de Inoue a reconocer la entronización de una mujer era un ejercicio de realismo ante una determinada situación social.

La exclusión de las mujeres, reforzada a través de la historia

Con la exclusividad de la línea masculina se pretendía cerrar el acceso al trono a la mujer, pero ¿cuáles fueron las razones, antes de la era Meiji, para mantener solo esa línea sucesoria? La historia nos dice que la razón de fondo era precisamente esa: impedir el acceso al trono a la mujer.

En el Japón antiguo de los periodos Asuka (siglo VI-710) y Nara (710-794) hubo seis emperatrices, la primera de ellas Suiko. Pero en el periodo Heian (794-1185) no encontramos ninguna, un hecho difícil de entender. Posteriormente, durante el citado periodo Edo (1603-1868) tenemos dos emperatrices más, pero en ambos casos fueron nombradas como medida extraordinaria y no ejercieron ningún poder. Se cree que las verdaderas emperatrices de pleno derecho solo existieron hasta el periodo Nara.

Con Shōtoku, última emperatriz que ejerció como tal a finales del periodo Nara, se extinguió el linaje del emperador Tenmu, siendo los emperadores posteriores descendientes de otro emperador, Tenji, hermano mayor de Tenmu. Se ha querido relacionar la extinción del linaje de Tenmu con el hecho de que entre sus descendientes hubiera varias emperatrices. En concreto, se esgrime el caso de Shōtoku, una ferviente budista que quiso elevar al trono al monje Dōkyō, sin éxito.

El pensamiento sintoísta contribuyó a apartar a las mujeres del trono. La urbanización de la nueva capital Heiankyō (actual Kioto) vino acompañada de devastadoras epidemias que exacerbaron los temores sintoístas al kegare (impureza, suciedad) concepto que se quería ver en procesos fisiológicos exclusivamente femeninos como la menstruación o el parto.

Entra en juego también la misoginia propia del budismo, amalgamado en aquella época con el sintoísmo, en concreto la idea de los “cinco impedimentos” (goshō) sufridos por las mujeres, según la cual una mujer nunca podría convertirse en buda, en Bonten (sánscrito: Brahma), en Taishakuten (Shakra), en Maō (rey Mara) ni en Tenrin Seiō (Chakravarti). Este rechazo a la mujer se fue extendiendo también hacia el culto a las montañas, creándose áreas de exclusión.

La visión despectiva de la mujer se reforzó todavía más durante el citado periodo Edo con la difusión del pensamiento confuciano. Así pues, en lo concerniente a la institución imperial se partió de la idea de excluir a la mujer y esta derivó en la idea de que el emperador debía ser un hombre, consecuencia de la primera.

Cuando vamos a los fundamentos de la historia y de la tradición que sustentan la sucesión al trono por línea exclusivamente masculina, lo que encontramos es misoginia y discriminación. ¿Seguir defendiendo a ultranza esta idea es compatible con la concepción del emperador como símbolo que se formó después de la Segunda Guerra Mundial?

Nos preguntamos también si el emperador que los japoneses aspiran a tener es ese que siempre acompaña en su sufrimiento a las personas con discapacidad, a los muertos de la guerra, a las víctimas de desastres y a los sectores socialmente desfavorecidos, reivindicando a los olvidados, o un emperador basado en el principio de exclusión de la mujer.

En el debate en curso sobre si la sucesión debería ser por vía exclusivamente masculina o no, se echa en falta una cuestión fundamental: ¿se puede encajar realmente toda esta historia, con sus recónditas razones para negar el trono a las mujeres, en el marco constitucional del Emperador como símbolo de la unidad del pueblo japonés? Ignorando este aspecto tan crucial, difícilmente podremos encontrar una solución a la crisis que amenaza la sucesión al trono.

Imagen del encabezado: El Emperador y la Emperatriz durante la ceremonia llamada sokuirei seiden no gi (literalmente, “rito en el salón principal para la ceremonia de entronización”, aproximadamente equivalente a la coronación), en la que se les comunica su entronización, el 22 de octubre de 2019 en el Salon de los Pinos del Palacio Imperial. (Fotografía: Jiji Press)

(Traducido al español del original en japonés.)

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