La justicia penal japonesa, a examen

Arrestos prolongados, improbables revisiones, errores judiciales y pena de muerte

Sociedad

Murai Toshikuni, profesor emérito de la Universidad de Hitotsubashi y Muraoka Keiichi, profesor de la Universidad de Hakuō, debaten sobre la costumbre de retener durante largos periodos al investigado, la casi inaccesible revisión de los procesos y la pena de muerte, que sigue teniendo cerca de un 80 % de apoyo popular en Japón.

(Tercera y última parte del diálogo entre estos dos expertos. La segunda parte está disponible aquí.)

Un injusto adelanto de pena de reclusión

MODERADOR ¿Cómo ven ustedes el momento actual de esta justicia a la que se acusa de tomar al sospechoso como rehén?

MURAOKA KEIICHI Se habla de “justicia de rehenes” porque el cuerpo del detenido es tomado como prenda, siendo la confesión la única forma de rescatarla. “Si quiere usted quedar libre, confiese”, sería el mensaje. Como últimamente hay más abogados que luchan contra esta retención, gradualmente los tribunales están empezando a abstenerse de decretarla. Se dice que esto puede ser un primer signo de que se va a poner remedio a esta “justicia de rehenes”, pero el porcentaje de casos en los que se deniega esa medida apenas ha crecido unas décimas.

Evolución del número de sospechosos sobre los que se deniega la petición de prisión preventiva y de su porcentaje

  Sospechosos para los que se solicita Denegaciones Porcentaje
1990 72.597 126 0,2 %
1995 87.156 98 0,1 %
2000 115.625 234 0,2 %
2005 142.272 497 0,3 %
2010 115.804 1.237 1,1 %
2015 109.845 2.866 2,6 %
2016 105.669 3.580 3,4 %

Tabla elaboradora por la redacción de nippon.com a partir de datos contenidos en el Libro Blanco del Abogado 2017.

MURAI TOSHIKUNI De suyo, en estos casos todavía no se ha establecido en juicio la pena y por tanto el principio que debería ser respetado es el de no privación de libertad. Ante una sospecha firme puede privarse a una persona de su libertad, pero cuando no es así, se incurre en un adelanto de la pena. El propio hecho de que se esté tomando por norma poner bajo arresto al detenido es en sí un problema.

Vemos también que tanto la policía como la Fiscalía utilizan el argumento del temor a que se produzca un ocultamiento o destrucción de pruebas para solicitar al tribunal la prisión preventiva del sospechoso. Pero la ley no habla de ningún “temor”. Lo que estipula la ley es que debe haber una razón de peso que haga temer que se produzca dicho ocultamiento o destrucción. Realmente, se comete una ilegalidad cuando se mantiene a alguien bajo arresto por algo que es apenas una posibilidad, si no una leve sospecha.

Apenas algo más de un tres por ciento de denegaciones de arresto

MURAOKA En un juicio penal existe la premisa de la presunción de inocencia, y solo cuando el fiscal haya probado la culpabilidad puede procederse a imponer una pena. En una fase en la que todavía no se ha establecido la culpabilidad se le está diciendo al sospechoso “mire usted, se teme que pueda ocultarnos alguna prueba, así que lo ponemos bajo arresto”, y eso es como decirle que ya es culpable. Hay una contradicción fundamental.

MURAI No poder obtener una buena comprensión por parte de la gente en general acerca del principio de presunción de inocencia es algo inevitable pero es que, para colmo de males, incluso hay jueces que se atreven a decir cosas como que “a la vista del acta de acusación, está claro que es culpable”. Que en vez de existir una presunción de inocencia exista una presunción de culpabilidad es, en mi opinión, un gran problema.

MURAOKA Frente a otros países, donde es posible detener sin orden judicial, en Japón se detiene y pone bajo arresto en virtud de una orden y esto hace que, si vemos la proporción de sospechosos que son detenidos y puestos bajo arresto, apenas es un 30 %, más o menos. En este punto las cosas funcionan muy bien. Sin embargo, si te toca ser parte de ese 30 %, te han agarrado y no te van a soltar. Y esto es un exceso.

Las falsas confesiones no son fruto de la debilidad

MODERADOR Hablemos de la libertad bajo fianza. Vemos también que es casi imposible conseguirla en tanto no se haya confesado.

MURAI Una vez estás arrestado, es tu abogado defensor quien puede conseguir tu libertad y para eso es necesario que defensor y sospechoso, o defensor y demandado puedan establecer comunicación libremente. Por lo menos esos encuentros libres y en secreto entre el defensor y el sospechoso o demandado están garantizados, pero por lo que se refiere a comunicaciones por escrito, incluso el defensor sufre una serie de limitaciones muy duras. Esto es inaceptable desde el punto de vista legal, porque si imposibilitamos incluso la comunicación con el defensor, no hay forma de que este pueda ejercer la defensa.

MURAOKA Que una persona inocente termine haciendo una confesión falsa no es señal de debilidad. Además de ser arrestado, sufre aislamiento e interrogatorios que duran largas horas, durante un periodo prolongado. Ante una presión así, una persona normal acaba derrumbándose. Cuando a un investigador se le mete en la cabeza que eres culpable, por muchas explicaciones que des no te va a escuchar. Y esa es la razón de que se termine haciendo una confesión falsa.

La comunidad internacional ha criticado duramente la forma en que se hacen los interrogatorios en Japón, pues inducen a hacer confesiones falsas, pero el problema de base es la facilidad con que se procede a mantener bajo arresto a los sospechosos. Y que, una vez que un tribunal haya decretado el arresto, puede perderse la libertad durante un máximo de 23 días.

Los abogados, responsables también del sistema de celdas de detención policiales

MODERADOR Otro aspecto muy controvertido desde hace mucho tiempo es el sistema japonés de daiyō kangoku (celdas de detención policiales que sustituyen en su función a las instalaciones carcelarias), porque abona el terreno para esas confesiones falsas. ¿Cómo ven ustedes el asunto?

MURAI Este sistema ha recibido duras críticas de la comunidad internacional. Estas carceletas policiales llamadas “celdas sustitutorias” últimamente son más limpias y los agentes se muestran flexibles al adjudicar los tiempos para las entrevistas con el abogado y en otros aspectos. Por eso, hay quien dice que no debería haber problema en mantenerlas como están. Pero esas son cuestiones relativas al uso que se les da a esas instalaciones, y aquí de lo que estamos hablando es de que los sospechosos permanecen bajo custodia de la policía, de los investigadores, y ahí está el verdadero problema.

MURAOKA Es cierto que los propios abogados son también responsables del sostenimiento de este sistema. La policía cree también que en estos lugares de arresto a los sospechosos se les atiende bien y que de esta forma todo marcha mejor. Pero la crítica de fondo que se hace desde la comunidad internacional va en el sentido de inquirir cómo es posible que se permita que el sospechoso quede retenido en una posición enemiga, pues eso no es justo. Y se señala que esto abona el terreno para que se produzcan después errores judiciales.

Causas de los errores judiciales y problemas que rodean la revisión

MODERADOR En los errores judiciales que ocurren en Japón, ¿puede decirse que el problema reside en el propio sistema judicial?

MURAI Apenas hay abogados especializados en defensa penal (criminal). El peso específico de la defensa penal en Japón es muy bajo y a mi entender eso es, en sí, un problema. La defensa en casos criminales está muy mal retribuida. Yo mismo me he encargado de casos de errores judiciales y no obtuve ninguna remuneración. Por eso, solo hay un puñado de abogados que se dediquen de lleno a estos casos de errores judiciales. Los abogados jóvenes que no han conseguido todavía una base financiera no pueden dedicarse a ellos, aunque quieran hacerlo.

MURAOKA Las causas de los errores judiciales que ocurren en Japón son muy variadas, pero en los cuatro casos en que un reo ha vuelto vivo del corredor de la muerte, el denominador común es haber hecho una falsa confesión. Y en los casos de revisión de condena que se han dado últimamente, vemos también errores de peritaje.

Actualmente, en las revisiones, lo que se está cuestionando en Japón es la apelación por parte del fiscal. Aunque se haya decidido proceder a la revisión, el fiscal puede apelar. Esto se denomina apelación inmediata y cuando se presenta, pese a haberse realizado el recurso de revisión y tomado ya la decisión de revisar la causa, puede dilatarse la apertura de la misma. Esto, en sí mismo, obra ya contra los derechos del procesado. Ha llegado a ocurrir que a consecuencia de una apelación del fiscal la decisión de iniciar la revisión quede revocada.

Creo que, una vez que el tribunal considera que ha podido producirse un error judicial, eso debería ser suficiente para iniciar la revisión de la causa. Reconocer que hay razón para hacer la revisión es todavía más difícil para un tribunal que dictar sentencia de inocencia, ya que equivale a disentir con una sentencia firme de culpabilidad ya emitida. Y si ha tomado esa decisión, debería respetarse.

El mito de la infalibilidad subyace bajo la dificultad de conseguir una revisión

MODERADOR Corregir los errores cometidos en el pasado me parece lo más lógico. ¿No son excesivamente conservadores los tribunales a la hora de considerar una revisión?

MURAI Desgraciadamente, entre los ciudadanos muy pocos lo ven de esa manera. ¿No suele quejarse mucha gente, cuando en una revisión se reconoce la inocencia del procesado, de que se haga inocente a quien previamente ha sido declarado culpable? Hasta personas con conocimientos de derecho, como un conocido mío, dicen esas cosas. Sus críticas no se dirigen contra esos juicios anteriores que condujeron a una sentencia errónea. No entienden en absoluto el sentido de la revisión.

MURAOKA Será que en los tribunales se piensa que ellos nunca se equivocan, el mito aquel de la infalibilidad. Al valorar las razones para abrir proceso de revisión, si las pruebas nuevamente aportadas tienen solo una contundencia similar a las que se presentaron en el anterior juicio, los tribunales no conceden la apertura, las nuevas pruebas tienen que ser claramente más fehacientes que las anteriores para estimar que hay “sospecha razonable”. Ya de entrada, estamos reduciendo enormemente las posibilidades de que prospere. Y lo que subyace ahí es esa creencia en la culpabilidad avalada por ese 99,9 %, es un influjo muy fuerte.

También es increíble que en ninguno de los casos en que ha quedado acreditado el error judicial los policías, fiscales y jueces implicados en el proceso hayan presentado nunca sus disculpas. Se ve que con la revocación no se pone fin a su convicción de no haberse equivocado, que es una especie de fe.

La pena de muerte, un sistema que causa daños irreparables

MODERADOR ¿Cómo ven ustedes el actual estado de la pena de muerte en Japón?

MURAI Partimos de que ocho de cada 10 japoneses están a favor de la pena capital. Pero la cuestión es si esa opinión se basa en un conocimiento de la materia, porque me temo que no es así. Tenemos el caso de Iizuka, en el que se sospecha que pudo haber error judicial. El acusado, que fue detenido y encausado como sospechoso de haber asesinado a dos niñas en la ciudad de Iizuka (prefectura de Fukuoka) en 1992, defendió hasta el final su inocencia, pero fue condenado a muerte y ejecutado en 2008. Después de ser ejecutado, su viuda presentó el recurso de revisión que venía preparando desde antes de la ejecución, pero el Tribunal de Distrito de Fukuoka, así como el Tribunal Superior de Fukuoka, lo rechazaron. La decisión se apeló y actualmente el caso está en el Supremo.

Si se concluye que se cometió un error, esto es un crimen de Estado. Aunque se abra el proceso de revisión y se reconozca la inocencia, el daño es irreparable, pues ya se ha ejecutado la pena. No debemos mantener un sistema que da origen a estos daños irreparables.

Por otra parte, encontramos personas que cometen crímenes para que se les aplique la pena de muerte. Y el Estado se la aplica. Diríase que el Estado está asistiendo a quien cometió esos crímenes. Si no hubiera pena de muerte, no surgirían estos casos. Y no habría esas víctimas directas ni indirectas.

Murai Toshikuni, profesor emérito de la Universidad de Hitotsubashi (izquierda) y Muraoka Keiichi, profesor de la Universidad de Hakuō.
Murai Toshikuni, profesor emérito de la Universidad de Hitotsubashi (izquierda) y Muraoka Keiichi, profesor de la Universidad de Hakuō.

Un sistema manejado a la ligera

MURAOKA La comunidad internacional se pregunta por qué en un país desarrollado como Japón existe la pena de muerte. Este 2020, año olímpico, van a concentrarse en Japón organizaciones no gubernamentales de todo el mundo que reclaman la abolición de dicha pena. Creen que si Japón cambia, cambiarán también otros países que la mantienen. Lo que ocurre es que en Japón la gente no sabe casi nada sobre cómo es hoy día la pena de muerte. Por eso, lo que quieren la Asociación de Colegios de Abogados de Japón y otras entidades es, en primer lugar, difundir entre la gente la realidad de la pena de muerte y propiciar un debate sobre si realmente necesitamos este sistema.

MURAI En Estados Unidos, para conseguir una sentencia de muerte, la acusación pública procede con la máxima precaución y reúne muchísimas pruebas invirtiendo una enorme cantidad de tiempo, con el consiguiente gasto. En pocas palabras, tiene que probar que existen circunstancias muy especiales, que no se dan en un caso convencional, para que necesariamente tenga que dictarse dicha sentencia. Pero, al mismo tiempo, debe también garantizarse que puedan esgrimirse los argumentos opuestos. Por eso, se han dotado de un sistema que respalda suficientemente a la defensa humana y financieramente.

En cambio, la forma en que la pena de muerte se aplica en Japón es demasiado simple. En tanto la pena capital no sea abolida, deberíamos tener procesos que garanticen en mayor medida que el procedimiento se sigue con cautela, pero ni siquiera eso tenemos. Y además, por ahora, la única opción es confiar la defensa en los casos en que se han dictado sentencias de muerte a abogados que actúan de buena voluntad y sin remuneración. La situación es realmente lamentable.

Texto: POWER NEWS, Takahashi Yuki
Fotografías: Ikazaki Shinobu

Fotografía del encabezado: Govinda Prasad Mainali, un ciudadano nepalí que fue condenado a muerte en Japón por el asesinato de una empleada de la compañía eléctrica TEPCO y puesto en libertad tras conseguir que se abriera la revisión de su causa, saluda desde el balcón de la vivienda familiar en Katmandú (Nepal) el 16 de junio de 2012. Su proceso siguió un camino tortuoso pues, después de haber sido detenido en 1997 y declarado inocente en primera instancia, la sentencia fue recurrida y revocada. Aunque Mainali perdió la posterior apelación, consiguió la revisión del proceso. (Jiji Press)

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