La visibilización de los interrogatorios implica peligros

ENTREVISTADOR  Para junio de 2019, en todos los casos en los que el juicio vaya a celebrarse con jurado será obligatorio dejar constancia audiovisual de todas las fases del proceso de interrogatorio policial. Se insiste en que esto será muy positivo, pues se podrán evitar las confesiones forzadas y otras irregularidades en el interrogatorio. La policía ya lo estaba haciendo desde hacía 10 años en cierto tipo de casos. ¿Cómo valoran ustedes la forma en que se ha llevado este tema hasta ahora?

MURAOKA  Se está recurriendo a otros métodos de investigación para no depender excesivamente de la probación a partir de la declaración y, a fin de clarificar si el detenido ha declarado voluntariamente o no, se ha introducido la visibilización de los interrogatorios. Creo que, indudablemente, esto es efectivo para eliminar cualquier coacción injusta que puedan ejercer los interrogadores sobre el interrogado durante su periodo de aislamiento.

Sin embargo, aunque en su inicio este sistema estaba dirigido a clarificar si las declaraciones del detenido eran voluntarias, actualmente se está cayendo en excesos, y se les está concediendo un valor probatorio para determinar su culpabilidad o inocencia. Es decir, que la impresión que reciben jurados y jueces queda determinada por los vídeos que visibilizan los interrogatorios. Yo ya preveía ese peligro y creo que es lo que está ocurriendo actualmente.

Muraoka Keiichi, profesor de la Universidad de Hakuō.
Muraoka Keiichi, profesor de la Universidad de Hakuō.

MURAI  Las videograbaciones solo deben hacerse en presencia del abogado defensor. Si no se examina cómo van a ser utilizadas estas grabaciones, pasan a convertirse en pruebas. Porque siempre existe la posibilidad de que, por más que al ser aportadas al juicio se diga que solo son pruebas de la voluntariedad de la declaración, acaben influyendo en los jurados como pruebas de algo más que de dicha voluntariedad. Como bien señala el señor Muraoka, el sistema encierra sus peligros.

MURAOKA  Al principio la fiscalía y la policía se oponían a este sistema, pero desde que se han dado cuenta de que las grabaciones pueden usarse como pruebas reales, están promoviéndolo con firmeza. En el lado opuesto, los abogados, que venían insistiendo en la necesidad de visibilizar el proceso de interrogatorio, ante el hecho de que las grabaciones se toman como pruebas reales, está girando hacia la postura de exigir la presencia del abogado para realizarlas.

Una negociación judicial que no impide las falsas imputaciones

ENTREVISTADOR Con la Ley para la Reforma de la Justicia Criminal que fue aprobada en 2016, junto a la visibilización de los interrogatorios se puso en marcha también, en el mes de junio de 2018, el sistema de negociación judicial. Es un sistema, digamos, de colaboración en las investigaciones, en el que el sospechoso, o el acusado, en casos criminales puede conseguir que no se formulen cargos contra él, o un aminoramiento de la pena solicitada por el fiscal. Si bien hay expectativas de que este sistema contribuya al esclarecimiento de casos que implican a organizaciones delictivas, se teme también que declaraciones falsas puedan dar lugar a que algunas personas sean injustamente condenadas.

MURAOKA  La idea es que para capturar a los “peces gordos” que se ocultan tras los crímenes se precisa de métodos de investigación muy poderosos, y que la negociación judicial es uno de esos métodos. Pero para introducir el sistema de la negociación judicial, es necesario también un sistema que impida la posibilidad de condenas injustas. El gran problema es que la negociación judicial japonesa no contempla tal sistema.

MURAI  El Tribunal Supremo ha expresado ya el parecer de que el sistema de exención de responsabilidades penales no se adapta a las características o condiciones propias del medio jurídico japonés. En un tiempo los fiscales decían que era precisamente la inexistencia de la negociación judicial lo que había hecho del sistema judicial japonés un sistema ecuánime. Pero queda la duda de saber si resultaría aceptable un sistema colaborativo como este.

Murai Toshikuni, profesor emérito de la Universidad de Hitotsubashi.
Murai Toshikuni, profesor emérito de la Universidad de Hitotsubashi.

Los defensores no deben prestarse a la negociación judicial

MURAOKA  En el caso de Estados Unidos, la negociación judicial se hace una vez expuestas las pruebas y con la participación del propio tribunal, y es eso lo que funciona como mecanismo de garantía para impedir condenas injustas. Pero en Japón la negociación se entabla exclusivamente entre fiscales y sospechosos o acusados. Así, no puede evitarse que se produzcan condenas injustas y esa es la razón de que haya que comprobar el buen funcionamiento del sistema mediante la presencia del abogado. Sin embargo, desde la perspectiva del abogado defensor, la única posibilidad, si ha de ser fiel a su defendido, es acceder a la negociación judicial. Al final, el abogado se ve en la obligación de prestar apoyo al fiscal ofreciendo las pruebas de culpabilidad de terceras personas que el fiscal desea obtener.

Observando el sistema desde un punto de vista teórico, no es adecuado que el abogado, que debería estar en el bando opuesto, sea arrastrado hacia el organismo investigador. Además, en Japón las pruebas no se exponen con anterioridad y el tribunal no queda implicado. Mi conclusión es que, en estas circunstancias, el abogado defensor no debería prestar colaboración en la negociación judicial.

MURAI  Estoy absolutamente de acuerdo con esa apreciación. Desde el punto de vista de esa tercera persona, el abogado que se presta a negociar no es su defensor, así que la negociación se lleva a cabo a sus espaldas y acabará siendo perjudicial para él. Y sería impensable pretender que el abogado de esa tercera persona se sumase a la negociación. En realidad, estamos ante un sistema que legitima lo que de suyo es injusto y esta forma de pensar solo podemos calificarla de inaceptable.

Visibilización y negociación, un paquete envenenado

MURAOKA  La Ley para la Reforma de la Justicia Penal aprobada en 2016 estuvo motivada por el caso de Muraki Atsuko, a la sazón directora de departamento del Ministerio de Salud, Trabajo y Bienestar, que fue falsamente acusada de cierto delito mediante la manipulación de un floppy disk por parte de la Fiscalía de Osaka. Se produjo entonces una fuerte reacción en favor de hacer obligatoria la visibilización de los interrogatorios. Pero para cuando nos hemos dado cuenta la Fiscalía lo que ha hecho es colarnos también la negociación judicial.

MURAI  A la hora de introducir un nuevo método de investigación el problema es qué proceso se sigue, y se esperaba que se adoptase algo favorable a la defensa, pero la Fiscalía pretendía haber hecho una concesión y tener derecho por tanto a obtener alguna ventaja equivalente para sus investigaciones, por eso presentó en un mismo paquete la visibilización y la negociación judicial y al final se salió con la suya. La abogacía se vio obligada a posicionarse a favor o en contra del paquete y al final, aunque a regañadientes, tuvo que aceptarlo para ver satisfechas sus demandas siquiera en parte. El resultado fue que tuvo que tragarse un paquete “envenenado”. Trátese de la justicia criminal como de cualquier otro tema, este método de aprobar las cosas en paquetes no es justo.

MURAOKA  La Fiscalía ha estado siempre esperando la ocasión de hacer realidad la negociación judicial y para ello había preparado sus argumentos a conciencia, contactando previamente con todas las partes implicadas para allanar el camino. Uno se queda asombrado ante el empeño que ha puesto en su propósito. De cualquier forma, no acabo de comprender la vinculación lógica entre el asunto de la manipulación de un floppy disk y la introducción de la negociación judicial.

Sentencias en primera instancia en juicios penales con saiban'in (2016)

  Nº de casos Inocencia Muerte Cárcel por periodo indefinido Más de 20 años 20 años o menos 15 años o menos 10 años o menos Otras
Total casos 1104 12 3 24 28 39 110 205 683
Asesinato 292 2 1 8 13 22 55 44 147
Atraco con resultado en lesiones 197 1 - - - 2 8 39 147
Incendio intencional 135 1 - - 1 4 6 9 114
Lesiones con resultado en muerte 102 2 - - 2 - 5 32 61
Delitos sexuales con resultado en muerte o lesiones 96 - - - 1 1 - 4 90
Violación (agresión sexual) con resultado en muerte o lesiones 72 1 - - 1 3 11 22 34
Ley Especial Antidrogas 36 - - - - - 2 14 20
Atraco con resultado en muerte 33 - 2 15 5 4 6 1 -
Ley de Control de Estimulantes 31 5 - - - 1 6 16 3
Otros 110 - - 1 5 2 11 24 67

(Tabla elaborada por nippon.com a partir de datos del Tribunal Supremo.)

(Continúa en un artículo aparte)

Texto: POWER NEWS, Takahashi Yuki
Fotografías: Igasaki Shinobu

Fotografía del encabezado: el proceso judicial de Muraki Atsuko, exdirectora de departamento del Ministerio de Salud, Trabajo y Bienestar acusada de haber emitido certificados falsos en el sistema de descuentos postales para las personas con discapacidad, se resolvió con una sentencia de inocencia. Muraki (en la fotografía, en el centro) pudo reintegrarse a su trabajo en el ministerio el 22 de septiembre de 2010. (Jiji Press)

(Traducido al español del original en japonés.)